¿Quién trabaja en las Cortes?

Lo primero que debo decir es que el título de este artículo no es una pregunta retórica… ni que irónicamente se pretenda hacer referencia a Sus Señorías, que elegidas el pasado 8 de febrero, y miembros de iure de la Cámara desde el 3 de marzo, se les presupone realizan su trabajo en pos del bien común, para lo que se les votó por la ciudadanía aragonesa.

Lo que a continuación voy a intentar explicar, veremos si lo consigo, es cuáles, cuántas y quiénes son las personas que realizan su actividad laboral en el parlamento autonómico, y que cobran su salario de los fondos de éste, dejando para otro trabajo a aquellas personas que trabajando en el palacio de la Aljafería no lo hacen directamente para las Cortes, y sí para los distintos grupos o agrupaciones parlamentarias, de quienes cobran sus retribuciones.

El personal de las Cortes viene ya previsto en el artículo 34 del Estatuto de Autonomía, cuando desde el principio de autonomía del legislativo, establece que ella misma regulará el estatuto de sus funcionarios y personal

El personal de las Cortes viene ya previsto en el artículo 34 del Estatuto de Autonomía, cuando desde el principio de autonomía del legislativo, establece que ella misma regulará el estatuto de sus funcionarios y personal. Esta previsión estatutaria se plasma en el artículo 102 del Reglamento de las Cortes, cuando se dice que se establecerán los medios necesarios para desarrollar sus funciones, y se concreta en un texto normativo como es el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Administración de las Cortes de Aragón de 2019 (modificado en 2024), con otros textos accesorios de singular importancia como puede ser la “Instrucción de Nóminas”, en cuestiones retributivas.

Estas normas nos presentan diversos tipos de personal.  El que denomina ·”funcionarios de las Cortes”, el de mayor número de personal, 87 en la actualidad, y homologable en gran medida al concepto administrativo de funcionario como trabajador titular en la función pública, asignándoseles grupos (A a E) y niveles (30 a 13), que se concretan en : 7 letrados, 10 técnicos superior, 17 técnicos grado medio, 32 oficiales, 7 auxiliares y 14 ujieres. Pero también se contempla la posibilidad de personal laboral , 7 en la actualidad: 2 periodistas, 2  auxiliares de ujier y un conductor, oficial de mantenimiento y gobernanta. Existente el llamado personal adscrito de seguridad, 3 hoy día; y por último, y ligados a la presidencia de la Cámara que los nombra y cesa libremente, personal eventual, en el mandato de Marta Fernández 4 personas: directora gabinete, adjunta directora de gabinete, jefa de prensa y jefa de protocolo.

Todo el personal se encuentra bajo la dirección y jefatura de la Letrada Mayor de la Cámara, no de los letrados de la Cámara, regulada en el artículo 103 del Reglamento de la misma, como titular de la Secretaría General, y que el artículo 104 del texto establece para ella un particular estatuto personal. El resto de personal se encuentra específicamente establecido en la Relación de Puestos de Trabajo del parlamento (público en la web de las Cortes como el resto de datos que estamos recogiendo), con todas sus características y retribuciones.

El personal conforma la estructura administrativa del parlamento, dividida en servicios Jurídicos, Gobierno Interno, Asuntos Económicos, Recursos Humanos y Gestión Presupuestaria. Cuenta también con un servicio de Documentación, biblioteca, archivo y fondo antiguo; junto a las áreas de Comunicación y participación, y Tecnologías de la información y comunicaciones, y, por último, dada la singularidad de la sede parlamentaria, un Gestor del Palacio.

Siempre que hablamos de personal en la función pública no podemos eludir concretar su coste, es decir, las retribuciones del mismo. En este caso, reiterando que todas las retribuciones son públicas en la web de la Cortes, podemos destacar que el mayor salario lo ostenta la Letrada Mayor, que percibe, sin contar trienios (a los que luego iremos) 89.206,68 euros anuales, mientras que los auxiliares de ujier, se sitúan al final de la tabla con 17.089,44 euros, teniendo por medio a los pertinente al grupo A2, con 71.114,73 euros, los jefes de negociado con 30.993 euros, o los ujieres con 22.904.28 euros.

Donde se produce una gran diferencia retributiva con otras administraciones o instituciones públicas es en el aspecto de la antigüedad: los famosos trienios. Aquí, si comparamos al personal parlamentario con el de la Administración General Autonómica (DGA), podemos ver que un grupo A1 en ésta cobra 52,60 euros por trienio, mientras en las Cortes se le retribuye a 130,95 euros el trienio, y aquí 76,34 euros mesenio, o que un grupo C1 allí cobra 32,47 euros trienio y mes, y en las Cortes se va por el ismo concepto a 76,34 euros.

Esta mayor retribución ha llevado a que durante mucho tiempo distinto personal funcionario de otras administraciones, en especial personal de la DGA, haya optado a entrar como personal de las Cortes, bajo la figura de la “comisión de servicios”, con discrepancias con las administraciones de origen que debían autorizar el cambio, y con discordancia en la plantilla parlamentaria que veía como se conformaba la misma pr personal no titular, y sin que se produjeran los correspondientes procesos selectivos propios.

Si paseamos por los preciosos patios del palacio de la Aljafería, o nos adentramos en sus salones  y dependencias, podremos ver a mucho más personal, ya sea los citados de los grupos y agrupaciones parlamentarias, ya de empresas que prestan sus servicios mediante los correspondiente contratos administrativos, en cafetería, seguridad, limpieza, servicios informáticos, guías, mantenimiento…y un largo etcétera que podremos conocer buceando en la publicidad de contratos administrativos del parlamento.

Mucho trabajo por delante a estas recién constituidas Cortes, y mucho trabajador para llevarlo a cabo.

Javier Hernández García. Jurista y militar

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